El Órgano competente en marteria de derecho de acceso es el Alcalde-Presidente.
En el año 2021 no hubo ninguna resolución denegatoria de acceso a la información.
No se dispone de información estadística sobre las resoluciones de las solicitudes de derecho de acceso a la información pública.
Desde el siguiente enlace puede inciar un procedimiento de acceso a la información, contemplado en la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública (legislación autonómica canaria).
Solicitud de acceso a la información
Fecha de la públicación: 21-06-2022